Edición n° 2874 . 04/10/2024

Mondino dijo que los contratos se podrán pactar en «kilos de carne o litros de leche» / Una derecha provocadora.

La canciller de Javier Milei aseguró que, tal como establece del DNU de desregulación, se podrán acordar transacciones en Bitcoin, en cualquier moneda o en especies.

Las medidas de desregulación económica anuncias por el presidente Javier Milei permitirán que los contratos puedan pactarse en cualquier moneda designada, desde las criptomonedas a los kilos de novillo o litros de leche, aseguró este jueves la ministra de Relaciones Exteriores, Diana Mondino.

«Ratificamos y confirmamos que en Argentina se podrán pactar contratos en Bitcoin», aseguró la canciller Mondino, economista de profesión, en un mensaje publicado en su perfil oficial en la red social X (antes Twitter), refiriéndose a una de las criptomonedas más conocidas y negociadas.

Posteriormente, la jefa de la diplomacia argentina añadió en otro mensaje que se podrá utilizar «cualquier otra cripto (criptomoneda) y/o especie como kilos de novillo o litros de leche».

Además, la economista reprodujo un artículo del Código Civil y Comercial de la Nación, reformado por el decreto de Milei, en el que se especifica que «la obligación del deudor es entregar la cantidad correspondiente de la moneda designada, tanto si la moneda tiene curso legal en la República como si no lo tiene».

De esta forma podrán utilizarse métodos de pago tradicionales como el dólar estadounidense, el euro o el yuan chino, pero también criptomonedas o pagos en especie.

La mención de Mondino a los pagos en especie, con carne o leche. recuerda al fenómeno del «trueque» que se normalizó en Argentina hace 22 años, tras la crisis social, económica y política de diciembre de 2001 que derivó en el «corralito» bancario y la salida de la Presidencia de la República de Fernando de la Rúa.

Entonces, el intercambio de bienes y servicios sin dinero fue una estrategia de supervivencia emblemática durante la crisis, cuando además de la falta de recursos y de trabajo había reducido la cantidad de dinero circulante

Durante la crisis económica profundizada por la pandemia de la Covid-19 en el país suramericano, los argentinos volvieron a recurrir al trueque, organizándose para intercambiar prendas, juguetes o electrodomésticos los alimentos que necesitan para el día a día.

La canciller Diana Mondino.
La canciller Diana Mondino.

El DNU de desregulación económica que presentó este miércoles por la noche el presidente Javier Milei abre la puerta para pactar libremente la moneda en los contratos entre privados, a través de una modificación que propone para el Código Civil y Comercial. Esa es, precisamente, la parte que el asesor presidencial Federico Sturzenegger planteó como el más significativo de todo el paquete de medidas.

Por otro lado, el artículo 252 del DNU propone una modificación del Artículo 958 del Código Civil y Comercial que regula la «Libertad de contratación» y promueve que «las partes son libres para celebrar un contrato y determinar su contenido, dentro de los límites impuestos por la ley o el orden público. Las normas legales siempre son de aplicación supletoria a la voluntad de las partes expresada en el contrato, aunque la ley no lo determine en forma expresa para un tipo contractual determinado, salvo que la norma sea expresamente imperativa, y siempre con interpretación restrictiva».

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La posibilidad de pactar contratos en moneda que no sea de curso legal no se limita solamente a los contratos de alquiler. «La obligación es de dar dinero si el deudor debe cierta cantidad de moneda, determinada o determinable, al momento de constitución de la obligación, sea o no de curso legal en el país. El deudor solo se libera si entrega las cantidades comprometidas en la moneda pactada. Los jueces no pueden modificar la forma de pago o la moneda pactada por las partes», menciona otra parte del articulado.

En otro tramo, también prevé que, respecto a fianzas, garantías y periodicidad del pago, que «las partes pueden determinar libremente las cantidades y moneda entregadas en concepto de fianza o depósito en garantía, y la forma en que serán devueltas al finalizar la locación».