El mandatario rubricó el DNU que permite al Gobierno negociar con el organismo mundial de crédito. El documento, que formará parte del Boletín Oficial este martes, no incluye detalles sobre la cantidad de dinero.
El presidente Javier Milei firmó el Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) que habilita al Gobierno a negociar un nuevo acuerdo con el Fondo Monetario Internacional (FMI). De esta manera, la gestión de La Libertad Avanza ingresó en el tramo final de la negociación con la entidad que preside Kristalina Georgieva. Sin embargo, no se conocieron mayores detalles sobre el monto ni sobre las condiciones.


El acuerdo se enmarcará en un Programa de Facilidades Extendidas con un plazo para el pago de intereses de hasta 10 años, con un período de gracia de 4 años y 6 meses.
El Gobierno nacional publicó esta mañana en el Boletín Oficial el Decreto de Necesidad y Urgencia que dio a conocer durante la noche del lunes para autoaprobarse el endeudamiento con un nuevo programa del Fondo Monetario Internacional.
Según se informó, se tratará de un Programa de Facilidades Extendidas o Extended Fund Facility (EFF) y «la operación incluirá el pago de los intereses y cargos en los plazos y tasas preestablecidos por el organismo de crédito para este tipo de acuerdos y el reembolso del capital del préstamo en un plazo de hasta diez años con un período de gracia de cuatro años y seis meses».
El decreto habla en forma elogiosa del rumbo económico del país bajo el gobierno de Milei para luego contradecirse y afirmar que el dictado del DNU tenía una «exigencia imperiosa» por «la naturaleza de las medidas económicas involucradas» deben ser adoptadas de inmediato para «evitar el impacto que de otro modo podrían traer consigo en el escenario económico presente».
El uso de los fondos del Fondo
Sin aclarar de qué manera y por qué montos se harán los desembolsos del Fondo Monetario, el DNU asegura que se usarán para dos cosas:
- Cancelar las operaciones de crédito público celebradas en el marco del Programa de Facilidades Extendidas del 2022 cuyos vencimientos operen dentro de los cuatro años de la suscripción del acuerdo a celebrarse.
- Cancelar la deuda que mantiene el Estado Nacional con el Banco Central «a fin de mejorar la posición financiera y liquidez de sus reservas internacionales».
«La baja calidad del activo del Banco Central de la República Argentina impacta sobre su capacidad de promover la estabilidad monetaria y financiera, el empleo y el desarrollo económico», dice el DNU, en una suerte de contradicción con la promesa ultralibertaria de Javier Milei de «dinamitar» el BCRA.
Un reciente informe del banco suizo UBS hablaba de que el paquete sería en total por US$ 20.000 millones e incluiría US$ 8.000 millones en fondos nuevos, mientras que el resto se destinaría a cubrir pagos de capital e intereses que Argentina debe afrontar durante el actual mandato de Milei.
Por otro lado, la administración nacional justificó la decisión de emitir un DNU y no enviar un proyecto de ley al Congreso al afirmar que «La competencia que corresponde al Congreso no es la de aprobar los términos y las condiciones de un acuerdo celebrado con el FMI, sino la de aprobar la operación de crédito público mediante la sanción de una ley«.
El Congreso, afuera
La semana pasada el Gobierno había aclarado que el acuerdo con el FMI no se enviaría al Congreso a través de un proyecto de ley sino mediante un decreto de Milei. El ministro de Economía, Luis Caputo, justificó esa decisión en que buscar el respaldo del Parlamento llevaría demasiado tiempo y la Argentina necesita «urgente» ese apoyo del Fondo.
El artículo 2° dela Ley de Fortalecimiento de Sostenibilidad de la Deuda Pública obliga a que todo programa de financiamiento con el FMI deba ser aprobado por una ley del Congreso. Sin embargo, en su decreto, el Gobierno considera que eso «no implica que Congreso de la Nación se haga cargo de los fundamentos y de los términos concretos de los acuerdos en particular, sino que únicamente hace referencia a la aprobación legal de la operación de crédito público a ser celebrada por el Poder Ejecutivo Nacional.
El DNU deberá ser tratado por la Comisión Bicameral de Trámite Legislativo y estará vigente hasta que no sea rechazado por ambas Cámaras.