Edición n° 2883 . 13/10/2024

El oficialismo logró aprobar la reforma de Bienes Personales y hubo repudio a «la Gestapo» contra los gremios

El quórum se logró con los aliados habituales, Weretilneck, de Rio Negro, y Solari Quintana, de Misiones, más la senadora riojana Valle Vega que suele acompañar a JxC.

Bienes Personales en el Senado: el FdT logró el quórum con lo justo

( Por: Gimena Fuertes@gimenafuertes ) El Senado de la Nación aprobó este miércoles y convirtió en ley el proyecto que modifica la base mínima imponible del Impuesto a los Bienes Personales, en una sesión a la que faltó la oposición. La bancada de Juntos por el Cambio se levantó y se fue del recinto por considerar “inválida” la sesión, tras haber empezado seis minutos tarde.

El debate encabezado por la vicepresidenta Cristina Fernández comenzó accidentado tras el resultado de covid positivo del senador oficialista por  Catamarca Guillermo Andrada. Sin embargo, el bloque oficialista llegó a los 34 integrantes, número que subió a 36 con la presencia de sus aliados. El quórum final lo aportó la riojana María Clara del Valle Vega, del peronismo disidente, quien habitualmente funciona como aliada de Juntos por el Cambio.

Respecto a la posición de la principal fuerza opositora, el jefe del interbloque de JxC, Alfredo Cornejo, afirmó: «Venimos en nombre del interbloque a rechazar esta sesión porque no obtuvo quórum en los 30 minutos que corresponden según el reglamento». «Han constituido el quórum a los 40 minutos. Están las fotos que registran perfectamente el horario en que no tenían quórum, con lo cual esta sesión es nula señora presidenta», argumentó.

Ante el reclamo de Cornejo, la vicepresidenta respondió: «Hay quórum. Hay 38 legisladores y venimos a cumplir con la misión, con el deber, que es legislar».

El oficialismo, junto con los aliados de Río Negro, Alberto Weretlineck, y de Misiones, Magdalena Solari Quintana, había alcanzado 36 legisladores. Pero luego se sumó la riojana del Valle Vega y más también la senadora de Córdoba Federal Alejandra Vigo.

El proyecto

La iniciativa original había sido aprobada por unanimidad el 28 de octubre último en el Senado. Y fue modificada por el oficialismo la semana pasada en Diputados, en una votación ajustada, en la que obtuvo 127 a favor y 126 en contra. Por eso es que ahora retornó a la Cámara Alta en «segunda revisión».

Tanto la iniciativa votada en octubre como la modificada la semana pasada prevén elevar de 2 a 6 millones pesos el monto mínimo no imponible a partir del cual se abonará el tributo. La reforma presentada por el oficialismo -como elemento diferencial de la primera iniciativa- fue la inclusión de un incremento en las alícuotas de los patrimonios superiores a 100 millones de pesos y para los contribuyentes con bienes declarados en el exterior.

Sin apoyo opositor, el oficialismo se encamina a sancionar la ley de Bienes  Personales | Política | La Voz del Interior

La iniciativa votada en Diputados aumenta a 1,50% -contra el 1,25% del actual- lo que deben tributar los patrimonios superiores a los 100 millones, mientras que para los contribuyentes que superen los 300 millones la tasa pasará a ser de 1,75 por ciento.

La iniciativa contempla además que los inmuebles destinados a casa-habitación no tributarán Bienes Personales cuando su valor resulte igual o inferior a 30 millones de pesos, en la actualidad ese piso está en 18 millones.

Repudio a la AFI macrista

Antes de comenzar el debate, la senadora por la provincia de Buenos Aires Juliana Di Tullio pidió y logró que se vote una resolución de repudio tras la difusión del video del funcionario de María Eugenia Vidal que prometía una “Gestapo” para los trabajadores.

“El Senado declara su más enérgico repudio por los dichos del ex ministro de Trabajo de la provincia de Buenos Aires Marcelo Villegas, donde confirma la decisión política de los gobiernos nacional, provincial y municipal, del armado de un aparato estatal de persecución a gremialistas. Integrada por altos funcionarios de la Agencia Federal de Inteligencia, ministros provinciales, senadores de la provincia de Buenos Aires, el intendente de la ciudad de La Plata, Julio Garro, jueces, fiscales, grandes contratistas de obra pública, y la anuencia del procurador general provincial, Julio Conte Grand”, reza el texto votado este miércoles, tras la enfática intervención de la senadora.

«No lo quiero más a Conte Grand como procurador de mi provincia. Es un delincuente» dijo Di Tullio en el Senado. Y pidió que el poder legislativo bonaerense promueva el juicio político «aunque se pierda» la votación.

A continuación, los principales puntos de la medida:

  • Se modifica el art. 24 de la ley 23.966 de impuesto sobre los bienes personales a fin de incrementar el mínimo no imponible de dos a seis millones de pesos. En el caso del inmueble destinado a casa-habitación, el piso se establece en 30 millones de pesos, cuando antes era de 18 millones de pesos.

-Se dispone que estos montos se ajustarán anualmente por el coeficiente que surja de la variación anual del Índice de Precios al Consumidor Nivel General (IPC) del INDEC correspondiente al mes de octubre del año anterior al del ajuste respecto al mismo mes del año anterior.

ECONOMÍA DESTACÓ QUE 131.000 CONTRIBUYENTES DEJARÁN DE PAGAR BIENES PERSONALES
El ministro de Economía, Martín Guzmán, subrayó este miércoles que con la sanción de las modificaciones al impuesto a los Bienes Personales, 131.000 contribuyentes dejarán de pagar el tributo.

«El proyecto de modificación de Bienes Personales es Ley. Una medida equitativa que mejora el sistema tributario argentino», sostuvo Guzmán al retuitear un hilo de mensajes emitidos por el Ministerio de Economía tras la aprobación de la iniciativa en el Senado.

A través de su cuenta en la red social Twitter, el Palacio de Hacienda precisó que con la norma sancionada por el Congreso «se mantendrá el nivel de recaudación con la suba de a millones del mínimo no imponible», lo que calificó como «una medida progresiva, sostenible y equitativa», tras la sanción de los cambios producidos en el Senado.

  • A los fines de utilizar el índice mencionado no resultan aplicables las disposiciones del artículo 10 de la ley 23.928 (ley de convertibilidad) y sus modificaciones, que prohíbe la indexación de deudas, impuestos, precios o tarifas de los bienes, obras o servicios.
  • Se añaden dos nuevos tramos para los bienes nacionales de 1,50 % y de 1,75 % para las porciones de las bases imponibles que superen los 100 millones y 300 millones de pesos, respectivamente.
  • Se modifican las alícuotas para los bienes situados en el exterior y se establecen porcentajes que van del 0,70 % al 2,25 %. Asimismo, se delega en el Poder Ejecutivo nacional la facultad de disminuir estos porcentajes para el caso de activos financieros situados en el exterior, en caso de verificarse la repatriación del producido de su realización, supuesto en el que podrá fijar la magnitud de la devolución de hasta el monto oportunamente ingresado.

-Se faculta al Poder Ejecutivo nacional a incrementar, durante el año fiscal 2022, los montos previstos en el inciso z) del artículo 26 (exención para el sueldo anual complementario) y en el anteúltimo párrafo del inciso c) del artículo 30 de la Ley de Impuesto a las Ganancias.