Edición n° 3500 . 22/06/2026
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El Gobierno habilitó toma de deuda por hasta u$s5.000 millones con jurisdicción en tribunales de Nueva York

El Ejecutivo autorizó operaciones de financiamiento con entidades financieras internacionales respaldadas por organismos multilaterales de crédito. La medida contempla la prórroga de jurisdicción a tribunales estadounidenses para eventuales litigios

El Gobierno autorizó la realización de operaciones de financiamiento por hasta u$s5.000 millones con entidades financieras internacionales y habilitó la posibilidad de que los contratos contemplen la prórroga de jurisdicción a favor de tribunales estaduales y federales de la ciudad de Nueva York, Estados Unidos.

La decisión se implementó a través del Decreto 478/2026, publicado este viernes en el Boletín Oficial y firmado por el presidente Javier Milei, el jefe de Gabinete, Manuel Adorni, y el ministro de Economía, Luis Caputo.

Según se detalla en la norma, el objetivo de la medida es «reducir el costo de financiamiento del Tesoro Nacional» mediante préstamos denominados en dólares otorgados por entidades financieras internacionales de reconocida trayectoria y respaldados por garantías parciales de organismos multilaterales de crédito.

El decreto faculta al órgano responsable de la coordinación de los sistemas de administración financiera del sector público nacional, función que ejercen conjuntamente la Secretaría de Hacienda y la Secretaría de Finanzas, ambas dependientes del Ministerio de Economía, a instrumentar las operaciones necesarias para concretar el financiamiento.

Los detalles del decreto que habilita toma de deuda por hasta u$s5.000 millones

El texto establece que los acuerdos podrán incluir cláusulas de prórroga de jurisdicción a favor de tribunales de Nueva York y la renuncia a oponer inmunidad de jurisdicción ante eventuales reclamos vinculados con esos préstamos. No obstante, aclara que la República Argentina no renuncia a la inmunidad de ejecución sobre bienes considerados estratégicos o protegidos por la legislación vigente.

Entre los activos excluidos de cualquier posibilidad de ejecución figuran las reservas y cuentas del Banco Central de la República Argentina (BCRA), los bienes del dominio público, los activos destinados a la prestación de servicios públicos esenciales, los bienes de misiones diplomáticas y consulares, los recursos vinculados a la recaudación de impuestos y regalías, los bienes militares y aquellos que integran el patrimonio cultural del país.

Además, el decreto autoriza a las áreas competentes a definir las condiciones financieras de las operaciones, seleccionar entidades financieras participantes, contratar agentes fiscales y calificadoras de riesgo, suscribir los acuerdos correspondientes y afrontar los gastos asociados a las colocaciones.