Edición n° 2875 . 05/10/2024

Cómo acceder a la devolución del IVA en productos de la canasta básica

Dentro de la nota encontrarás el link oficial con la nómina de beneficiarios del programa «Compre sin IVA».

A partir del lunes 18 se encuentra entró en vigor el programa “Compre sin IVA” que forma parte de las medidas que impulsa el gobierno nacional como paliativo frente a la escalada de precios derivada de la devaluación del 22% que se produjo el 14 de agosto pasado.

El mecanismo de devolución del 21% del valor de góndola de los productos de la canasta básica resulta automático para los beneficiarios contemplados en el programa.

Sin embargo, la AFIP dispuso un mecanismo para que los consumidores tengan posibilidad de chequear si han sido incluidos en la nómina de beneficiarios haciendo un click aquí y completando los datos de su CUIL/CUIT.

La medida entró en vigencia a partir de la publicación en Boletín Oficial de la resolución 5418 que dispone la duración del programa hasta el 31 de diciembre de 2023 inclusive y ratificó los requisitos para acceder al beneficio.

Para acceder al beneficio se deberá abonar con tarjeta de débito asociada a la cuenta sueldo.

Dentro del padrón de beneficiarios han sido incluídos en forma automática los siguientes segmentos de la población:

a) Jubilaciones, pensiones por fallecimiento y pensiones no contributivas nacionales, en un monto mensual que no exceda la suma de SEIS (6) haberes mínimos garantizados.

b) Asignaciones universales por hijo para protección social, en un monto mensual que no exceda la suma de SEIS (6) haberes mínimos garantizados.

c) Asignaciones por embarazo para protección social.

d) Remuneración por servicios prestados en relación de dependencia, en la actividad privada o pública, siempre que el ingreso mensual no supere la suma de SEIS (6) veces el Salario Mínimo, Vital y Móvil, equivalentes a $708 mil brutos devengados en el período fiscal vencido. En caso de pluriempleo se considerará la sumatoria de las remuneratorias brutas.

e) Remuneraciones correspondientes al Régimen Especial de Contrato de Trabajo para el Personal de Casas Particulares.

Consultá aquí si formas parte de los beneficiarios.