Se trata del aumento acordado por la Comisión Nacional de Trabajo en Casas Particulares. Conocé el aumento para cada categoría.
A partir de junio, todos los trabajadores de casas particulares deben recibir un incremento salarial, correspondiente al tercer tramo acordado en el ajuste paritario más reciente. El aumento, anunciado por la Comisión Nacional de Trabajo en Casas Particulares, se realiza sobre el sueldo de marzo y se fue aplicando en tres etapas: en abril un 14%, en mayo un 7% y en junio recibirán un 6%.
Esto beneficia al personal de tareas generales y abarca a quienes se dedican a la prestación de tareas de limpieza, lavado, planchado, mantenimiento, elaboración y cocción de comidas.
Aumento salarial: ¿cuánto cobrarán por hora de las empleadas domésticas en junio?
Según el Ministerio de Trabajo, a las personas que realizan tareas generales en casas particulares les corresponde los siguientes montos:
- Por hora con retiro: $776.
- Por hora sin retiro: $837.
Aumento salarial: ¿Cuánto es el sueldo mensual de las empleadas domésticas en junio?
Correspondientes al trabajo realizado en mayo:
- Mensual con retiro: $90.840,22.
- Mensual sin retiro: $101.013,68.
Estos valores corresponden únicamente al salario, por lo que el empleador deberá, además, abonar los conceptos de antigüedad, aportes jubilatorios y obra social.
Empleadas domésticas: cobran un 30% dependiendo el lugar
En caso de corresponder, a los valores de cada mes se debe anexar el concepto de adicional por zona desfavorable, que corresponde al 30% del salario.
Esto aplica a las siguientes provincias y localidades:
- La Pampa.
- Río Negro.
- Chubut.
- Neuquén.
- Santa Cruz.
- Tierra del Fuego.
- Antártida e Islas del Atlántico Sur.
- Partido de Patagones de la provincia de Buenos Aires.
Empleadas domésticas: cómo calcular el sueldo según las horas trabajadas
Para calcular el salario hay que tener en cuenta la cantidad de horas de trabajo. En esta línea, se debe aclarar que los valores de las remuneraciones mensuales reguladas por el Gobierno corresponden a una jornada de 48 horas semanales.
En caso de que la persona trabaje menos de 24 horas semanales, se debe tener en cuenta el valor hora de la categoría que le corresponde y multiplicarlo por la cantidad de horas que trabaja.
En el salario también debe figurar la antigüedad, que corresponde al 1% por cada año trabajado.
Fuente: ambito.com