Edición n° 2953 . 22/12/2024

DEJAN DE PAGAR GANANCIAS LOS BENEFICIOS DEL IPS CON HABERES DE HASTA $506.230

   El Instituto de Previsión Social informa que con los haberes de mayo de 2023 se aplicarán los nuevos valores imponibles del impuesto a las ganancias según Decreto 267/2023. La nueva disposición, generará una disminución de la  carga impositiva en los haberes de las personas jubiladas y pensionadas del IPS que venían pagando el mencionado impuesto.

 El organismo previsional informó que la nueva reglamentación permitirá que las y los beneficiarios con haberes mensuales de hasta $506.230 brutos dejen de pagar el tributo.  La última modificación rige para las remuneraciones y haberes brutos mensuales devengados a partir del 1° de mayo de 2023, con esta medida un 12 % de las personas jubiladas y pensionadas del IPS ya no pagan ganancias o pagarán un menor impuesto.

 La medida también prevé beneficios para aquellos sujetos cuya remuneración mensual bruta sea superior a $506.230 y menor a $583.851 inclusive.  

  Cabe aclarar que la liquidación del nuevo monto mínimo imponible para las y los beneficiarios del organismo, se realizará con los haberes de mayo, bajo el concepto “01B” que aparecerá en el recibo de haberes. 

   A su vez, las personas jubiladas y pensionadas que no posean otro ingreso y no hayan tributado bienes personales durante 2022, podrán solicitar que el mínimo no imponible sea equivalente a 8 jubilaciones mínimas de ANSES. Para tramitarlo, deberán ingresar a https://www.afip.gob.ar/sitio/externos/default.asp con su CUIT y CLAVE FISCAL a través del SIRADIG.  Además podrán presentar conceptos para deducir en el régimen de retención del impuesto a las ganancias. 

Para mayor información, las y los beneficiarios del IPS alcanzados por las nuevas medidas pueden acceder a: https://www.ips.gba.gob.ar/tramites/tramites-generales/impuesto_a_las_ganancias_afip