Edición n° 2953 . 22/12/2024

Declararon exportar comida para perros, pero en realidad era harina de soja

El Tribunal Fiscal de la Nación ratificó la postura de la Aduana en un fallo reciente, que aplicaría a otras 38 demandas millonarias de empresas exportadoras del rubro.

La Aduana detectó una evasión de casi 30 millones de dólares en la exportación de harina de soja declarada como comida para perros, para pagar menos retenciones. La mercadería fue declarada como alimento balanceado, que tributa un 5 por ciento por derechos de exportación, pero consistía en casi un 100 por ciento de harina de soja, alcanzada por un 35 por ciento de derechos de exportación. En un fallo reciente el Tribunal fiscal de la Nación marcó jurisprudencia a favor del organismo que mantiene otras 38 demandas del estilo. 

Se trata de una maniobra realizada entre el 2011 y 2015. El casoa partir del cual la Aduana había detectado este fraude fue el de la empresa Finning Argentina S.A. Luego descubrió que este tipo de maniobras se habían extendido a otras empresas del rubro y aplicó un ajuste masivo.

En ese momento, el organismo detectó una millonaria fuga de capitales y evasión de tributos aduaneros por salto de partida arancelaria: agentes especializados de la Dirección General de Aduanas-AFIP, tomaron muestras de mercadería que estaba siendo exportada como alimento balanceado para perros y concluyeron que estaba compuesta en un 90 por ciento de harina de soja y un 10 por ciento de maíz molido y carbonatos agregados. 

Mediante ese artilugio las empresas estaban tributando un 5 por ciento en concepto de derechos de exportación, en vez del 35 por ciento que aplica a la harina. De esta manera, gozaban de un tratamiento arancelario menor y de intervenciones previas menos rigurosas que aquellas a las que debían estar sujetas.

Ante las medidas de la Aduana, la mayoría de las empresas del rubro apelaron ante el Tribunal Fiscal de la Nación (TFN), que recientemente emitió su primer precedente en el caso “Alimentos y Forrajes S.A.”, en el que ratificó la posición del organismo que dirige Guillermo Michel.

El tribunal de alzada afirmó: “El protocolo de análisis es claro en cuanto a que las muestras extraídas consisten en estructuras vegetales en un 100 por ciento, con una proporción de harina de soja desgrasada superior al 96 por ciento y de maíz molido del 4 por ciento donde no se detectan carbonatos y se identifica positivamente la existencia de cloruro de sodio. Esto último no varía la proporción de las estructuras vegetales en la composición del 100 por ciento descripta”.

La jurisprudencia que establece este fallo aplicaría a otras 38 demandas de empresas exportadoras del rubro que ascienden a un total aproximado de 28,5 millones de dólares en concepto de tributos y 198 millones de pesos en multas.

Fuente: Pagina 12